- Primer ejercicio
Constará de dos partes, a realizar en el mismo o distinto llamamiento según decida el Tribunal en función del número de aspirantes.
La primera consistirá en contestar un cuestionario compuesto por preguntas de carácter psicotécnico dirigidas a apreciar la aptitud del/la aspirante en relación con la realización de las actividades propias de la plaza convocada.
La segunda consistirá en contestar un cuestionario (tipo test), con respuesta alternativa, que versará sobre el contenido completo del programa. El tiempo para la realización de las dos partes de este ejercicio no podrá exceder de dos horas, determinándose por el Tribunal el número de preguntas a realizar, las penalizaciones, si las hubiera, a aplicar en el cuestionario tipo test y que serán expuestas a los aspirantes, así como la duración del mismo dentro del límite establecido.
Cada parte de este ejercicio es eliminatoria calificándose de 0 a 10 puntos por cada una, siendo necesario para superarlo y pasar al siguiente, obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. Una vez calificadas ambas partes se efectuará la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas en cada una de las mismas.
El Tribunal queda facultado, en este y los siguientes ejercicios, para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.
- Segundo ejercicio eliminatorio
Consistirá en una prueba objetiva formada por un supuesto de carácter práctico, realizado sobre ordenador, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para la creación, configuración, composición, y transcripción de documentos escritos o gráficos, mediante la utilización del tratamiento de textos Microsoft Word versión 7.0 o las últimas disponibles bajo Windows NT. En el supuesto de no poder realizar el ejercicio en un único llamamiento por el elevado número de aspirantes u otra circunstancia, el supuesto práctico será elegido al azar, en los distintos turnos, entre varios predeterminados por el Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal sin que en ningún caso exceda de treinta minutos. Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, siendo preciso obtener para superarlo una calificación mínima de 5 puntos.
Excepto el caso de que se suscitase decisión unánime o consensuada del tribunal, la calificación de cada prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de sus miembros. No obstante lo anterior, cuando la calificación más alta y/o más baja difieran en dos o más puntos de la media obtenida, se eliminarán una o ambas, según el caso, obteniéndose la media de las restantes.
La puntuación total de las pruebas selectivas a efectos de ordenación de los opositores aprobados en la relación definitiva de aspirantes u orden de clasificación definitivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios obligatorios mencionados. El Tribunal realizará propuesta concreta de aspirantes seleccionados para nombramiento o formalización de contrato, por el orden de clasificación, no pudiendo rebasar dicha propuesta el numero de plazas a cubrir, atendiendo en todo caso a lo establecido en las bases novena y décimo tercera de las generales.
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